Ley 20.237 - Deudores en UR

Ley 20.237 - Deudores en UR
Comunicado importante

En cumplimiento de la ley 20.237, y habiéndose firmado el 23 de mayo el contrato constitutivo de fideicomiso financiero con la Agencia Nacional de Vivienda (ANV) previsto en la mencionada ley, el 31 de mayo de 2024 se realizará la migración de los créditos en Unidades Reajustables (todos los créditos en UR cuyos titulares sean personas físicas o sociedades civiles de propiedad horizontal, de los que era el BHU acreedor), por lo que a partir del mes de junio será la ANV la que, como administradora fiduciaria, gestionará, reestructurará y administrará estos créditos transferidos, en el marco de lo dispuesto en la ley 20.237 y decreto reglamentario 089/2024.

Actualmente, se están analizando los créditos para determinar cuáles se encuentran al amparo de lo establecido en la Ley, la que exige entre otras cosas que los deudores se mantengan al día con sus pagos.

 
El 17 de octubre de 2024 es el plazo establecido en la mencionada ley para publicar, por parte de ANV, la forma en la cual se podrá consultar la información relativa a créditos que quedan amparados. 

A partir del 25/05 existirá un corte de operaciones para la cartera de UR que impedirá recibir pagos mediante cheques o cobranza externa, continuándose con la recepción de pagos únicamente a través de cajas y pagos de retenciones en curso. Para mitigar las molestias y demoras que esto pueda ocasionar, se suspenderá el cobro de mora para estos créditos por el período comprendido entre el 25/05 y el 31/05/24. 

Por mayor información, le agradecemos dirigirse a la página web de la ANV.